Marco de Informes de Criptoactivos de la OCDE: todo lo que necesita saber

La OCDE publicó un nuevo marco global de transparencia fiscal que facilita la notificación y el intercambio de información sobre criptoactivos.

Marco de Informes de Criptoactivos de la OCDE: todo lo que necesita saber

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) anunció el 10 de octubre las nuevas normas del Marco de Información sobre Criptoactivos (CARF, por sus siglas en inglés). El marco actualizado de la OCDE incorpora modificaciones a la versión de marzo de 2022 del documento de consulta pública. Las revisiones abordan las preocupaciones expresadas por numerosas jurisdicciones y participantes de la industria, como las instituciones financieras y los proveedores de servicios.

Ahora, las jurisdicciones deben establecer leyes y procedimientos administrativos para garantizar el éxito de la aplicación y el cumplimiento del reporte y debida diligencia del CARF, ya que se ha modificado para cumplir con las normativas existentes sobre debida diligencia e intercambio automático de información (AEOI, por sus siglas en inglés).

En este blog repasamos la historia detrás del CARF, los bloques en torno a los que se diseñó y su interacción con el Common Reporting Standard (CRS).

Antecedentes del Marco de Informes sobre Criptoactivos

El Marco de Informes sobre Criptoactivos (CARF) es una respuesta a la petición del G20 de que la OCDE diseñe un marco para la transmisión automática de información sobre criptoactivos entre jurisdicciones.

Junto con los países del G20, se ha creado una nueva iniciativa de transparencia en respuesta a la creciente aceptación de los criptoactivos para una amplia gama de aplicaciones financieras y de inversión.

A diferencia de los productos financieros convencionales, los criptoactivos pueden transferirse y mantenerse sin la participación de los intermediarios financieros tradicionales, como los bancos, y sin que ningún administrador central tenga una visibilidad completa ni de las transacciones realizadas ni de las tenencias de criptoactivos. Esto significa que los criptoactivos no están cubiertos por el Common Reporting Standard (CRS) de la OCDE, lo que aumenta la posibilidad de evasión fiscal con su uso, además de socavar los avances logrados con la adopción del CRS en materia de transparencia fiscal.

"El Common Reporting Standard ha tenido mucho éxito en la lucha contra la evasión fiscal internacional. En 2021, más de 100 jurisdicciones intercambiaron información sobre 111 millones de cuentas financieras, cubriendo un total de activos de 11 billones de euros", declaró el Secretario General de la OCDE, Mathias Cormann. "La presentación de hoy del nuevo Marco de Informes sobre Criptoactivos y las modificaciones del Common Reporting Standard garantizarán que la arquitectura de la transparencia fiscal siga estando actualizada y sea eficaz".

Con este espíritu, el CARF garantizará la transparencia de las transacciones de criptoactivos mediante el intercambio automático de información con las jurisdicciones de residencia de los contribuyentes con carácter anual, de forma estandarizada y comparable al CRS. En virtud del CARF, las entidades o personas que faciliten las transacciones de intercambio de criptoactivos para, o en nombre de, clientes estarían obligadas a presentar un informe.

PB021_Brief background on the Crypto-Asset Reporting Framework

Bloques del Marco de Informes sobre Criptoactivos

Las normas y los comentarios del CARF se han diseñado en torno a cuatro bloques de construcción claves:

1. Ámbito de los criptoactivos a cubrir

La definición sugerida de criptoactivos en el marco del CARF hace hincapié en el uso de tecnologías criptográficamente seguras de registro distribuido, ya que esta es la característica que define la creación, tenencia y transferibilidad de los criptoactivos. La definición también contiene una referencia a la "tecnología similar" para garantizar que pueda abarcar futuros avances tecnológicos que funcionen de manera funcionalmente similar a los criptoactivos y que planteen riesgos fiscales comparables.

Los criptoactivos incluyen:

  • Las stablecoins,

  • los derivados emitidos en forma de criptoactivo, y

  • ciertos tokens no fungibles (NFTs, por sus siglas en inglés) que pueden ser almacenados e intercambiados de forma descentralizada sin la interferencia de los intermediarios financieros tradicionales.

2. Intermediarios y otros proveedores de servicios en el ámbito de aplicación

Los intermediarios y otros proveedores de servicios que facilitan los intercambios entre criptoactivos relevantes desempeñan un papel crucial en el mercado de criptoactivos. En consecuencia, se propone que las entidades o personas que faciliten operaciones de intercambio de Criptoactivos Relevantes para los consumidores o en su nombre sean consideradas Proveedores de Servicios de Criptoactivos Declarantes en el marco del CARF.

Por Criptoactivo Relevante se entiende cualquier criptoactivo que no sea una Moneda Digital del Banco Central ni un Producto de Dinero Electrónico Especificado, o cualquier criptoactivo para el que el Proveedor de Servicios de Criptoactivos Declarantes haya llegado a la conclusión de que no puede ser utilizado con fines de pago o inversión. La mayoría de los Criptoactivos Relevantes cubiertos por el CARF también entran en el ámbito de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera (FATF, por sus siglas en inglés). Esto garantiza que los requisitos de debida diligencia puedan, en la mayor medida posible, basarse en los actuales deberes AML/KYC.

3. Requisitos de reporte

El marco del CARF incluye nuevas normas de certificación y de reporte transfronterizo. El CARF exige la recopilación de formularios de autocertificación para las cuentas o carteras utilizadas para la compra, venta, transferencia o almacenamiento de criptoactivos.

Bajo el CARF, los intermediarios y los Proveedores de Servicios de Criptoactivos están obligados a obtener los documentos de autocertificación de todos los comerciantes y titulares de criptoactivos. A través de un proceso de certificación, es necesario garantizar que la información indicada a continuación siga siendo válida.

La normativa modificada del CARF ya no estipula que los documentos de autocertificación deban actualizarse cada 36 meses.

4. Procedimientos de debida diligencia

El CARF contiene los procedimientos de debida diligencia que los Proveedores de Servicios de Criptoactivos Declarantes deben seguir al identificar a sus usuarios de criptoactivos, al determinar las jurisdicciones fiscales pertinentes a efectos de declaración y al recopilar la información relevante necesaria para cumplir con los requisitos de declaración del CARF.

El objetivo de los requisitos de debida diligencia es permitir a los Proveedores de Servicios de Criptoactivos Declarantes determinar la identidad y la residencia fiscal de sus usuarios de criptoactivos individuales y de entidades, así como de las personas físicas que controlan a determinados usuarios de criptoactivos de entidades, de manera eficiente y fiable.

Los procedimientos de debida diligencia se basan en el proceso basado en la autocertificación del CRS y en los deberes existentes de AML/KYC codificados en las recomendaciones del FATF de 2012, incluyendo las enmiendas de junio de 2019 relativas a las obligaciones aplicables a los proveedores de servicios de activos virtuales.

PB021_Crypto-Asset Reporting Frameworks building blocks

¿Cómo interactúa el Marco de Informes sobre Criptoactivos con el Common Reporting Standard?

Dado que el CARF es un marco separado y complementario, algunas entidades informarán tanto bajo el CRS como bajo el CARF. El CARF fue establecido para reportar información sobre criptoactivos para mitigar los riesgos asociados con el cumplimiento fiscal. Sin embargo, para disminuir las obligaciones de información, se prestó especial atención a la interacción eficiente y sin fricciones entre el CARF y el CRS, como lo demuestran las siguientes características:

  • La definición de Criptoactivos Relevantes excluye del ámbito de aplicación del CARF los Productos Específicos de Dinero Electrónico y las Monedas Digitales de los Bancos Centrales, ya que la notificación de estos activos es obligatoria en el CRS;

  • Dado que ciertos activos se califican a la vez como criptoactivos pertinentes en el marco del CARF y como activos financieros en el marco del CRS (por ejemplo, las acciones emitidas en forma de cripto), el CRS ofrece una opción para desactivar la notificación de los ingresos brutos si dicha información se comunica en el marco del CARF;

  • El CRS cubre las inversiones indirectas en criptoactivos relevantes a través de productos financieros convencionales, tales como derivados o intereses en vehículos de inversión; y

  • Cuando sea apropiado, los procedimientos de debida diligencia están alineados con las normas de debida diligencia del CRS para minimizar los costes de los Proveedores de Servicios de Criptoactivos Declarantes, especialmente cuando también están sujetos a las responsabilidades del CRS como Instituciones Financieras Declarantes. Específicamente, el CARF permite a los Proveedores de Servicios de Criptoactivos Declarantes que también están sujetos al CRS confiar en los procedimientos de debida diligencia para las Nuevas Cuentas realizadas a efectos del CRS.

PB021_How does the Crypto Asset Reporting Framework interact with the Common Reporting Standard

Enmiendas al Common Reporting Standard

Como alternativas prospectivas a los productos financieros tradicionales, la primera evaluación completa del CRS dio lugar a revisiones para incluir nuevos activos financieros, productos e intermediarios en su ámbito de aplicación, evitando al mismo tiempo la duplicación de informes con el CARF. Con el fin de mejorar los resultados de la presentación de informes en el marco del CRS, se han realizado modificaciones adicionales, incluyendo la introducción de requisitos de información más detallados, el refuerzo de los procedimientos de debida diligencia, la introducción de una nueva categoría opcional de institución financiera no declarante para las entidades de inversión que son auténticas organizaciones sin ánimo de lucro, y la creación de una nueva categoría de cuenta excluida para las cuentas de aportación de capital.

Otros avances en la regulación de las criptomonedas

En los próximos meses, la OCDE avanzará en su trabajo sobre los instrumentos legales y operativos para facilitar el intercambio internacional de información recopilada sobre la base del CARF y para asegurar su aplicación efectiva y generalizada, incluyendo el calendario de inicio de los intercambios bajo el CARF.

La OCDE también ha propuesto al G20 una serie de ajustes adicionales al CRS, destinados a modernizar su ámbito de aplicación para abarcar plenamente los productos financieros digitales y a mejorar su funcionamiento mediante la incorporación de la experiencia de los países y las empresas. Al igual que con el CARF, este trabajo se complementará con una actualización de los acuerdos jurídicos y operativos internacionales para el intercambio automático de información de acuerdo con el CRS modificado, así como con un calendario coordinado para aplicar las revisiones acordadas.

Actualmente se está elaborando un paquete de implementación para garantizar la aplicación local e internacional coherente y el éxito del CARF. El paquete de implementación incluirá un marco de acuerdos o arreglos bilaterales o multilaterales de las autoridades competentes para el intercambio automático de la información recopilada en el marco del CARF, soluciones informáticas para apoyar el intercambio de información y una mayor elaboración de los requisitos de la Sección V del CARF.

Además, se avanzará en la implementación de los canales pertinentes para el intercambio automático de información de acuerdo con el CRS modificado, y se acordarán calendarios de aplicación sincronizados tanto para el CARF como para el CRS modificado.

PB021_Further developments in crypto regulation

¿Cómo puede Trans World Compliance ayudarle con las regulaciones de criptografía?

A medida que los criptoactivos, las cuentas y los titulares de carteras siguen creciendo en todo el mundo, la mejor manera de garantizar un sólido cumplimiento de los requisitos del CARF, así como de los requisitos del CRS, es implementar un proceso de cumplimiento automatizado que sea adaptable y sencillo de actualizar.

La automatización reduce el esfuerzo necesario para aplicar las modificaciones a medida que se instaura el CARF. Puede gestionar los requisitos que varían según el país o la jurisdicción, ya que estos mismos pueden seguir modificando y mejorando los requisitos de presentación de informes bajo el CARF.

Trans World Compliance (TWC) ayuda a las partes interesadas a exceder el cumplimiento regulatorio, combatir la evasión fiscal internacional y reducir los costos operacionales con tecnología automatizada a base de reglas que es precisa y simplificada.

Si quiere saber más sobre lo que ofrece TWC, asegúrese de programar una demostración con nuestro equipo, o póngase en contacto con nosotros en sales@transworldcompliance.com.

En conclusión

En general, la nueva versión del CARF por parte de la OCDE refleja varias modificaciones que se incorporaron a partir de los comentarios de múltiples partes, en particular de las jurisdicciones e instituciones financieras. La metodología propuesta en este documento de consulta pública contribuirá a reducir los costes y a mejorar la eficacia general de la aplicación actual del AEOI.

El objetivo del CARF es garantizar que el CRS y el AEOI, emprendidos por los países que han implementado la legislación AML/TF, puedan funcionar correctamente. En otras palabras, el CARF fue creado para proporcionar una plataforma para la presentación de informes y el intercambio de datos uniformes dentro de la industria financiera mundial. Con su marco lanzado oficialmente, sin duda veremos más jurisdicciones que señalen su intención de aplicarlo en un futuro próximo.