Información para instituciones financieras
Con algunas excepciones, el Modelo 2 y las Instituciones Financieras Extranjeras que no pertenecen a IGA deben tener en cuenta que deben haber completado una Certificación de Cuentas Preexistentes (COPA) y una Certificación Periódica. La COPA debe presentarse una vez para certificar que la Institución Financiera ha saneado sus cuentas existentes y la Certificación Periódica debe presentarse cada tres años para certificar que los datos presentados están de acuerdo con las obligaciones del acuerdo GIIN. El IRS ha emitido un aviso de intención de comenzar a emitir avisos de incumplimiento. Para aquellas Instituciones Financieras que están en incumplimiento, habrá una advertencia con un período de remediación de 60 días antes de un aviso final de incumplimiento que proporcionará 90 días para la remediación. En ese momento, cancelarán el acuerdo GIIN, eliminarán el GIIN y los ingresos de origen estadounidense se gravarán al 30 %. Las instituciones financieras deben consultar el sitio de registro de GIIN para determinar su estado.